CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN INTERNACIONAL
El objetivo de estas ayudas es incrementar el volumen y frecuencia de las exportaciones de las empresas beneficiarias e incentivar el uso de los canales digitales en la internacionalización.
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias las empresas constituidas como sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima o sociedad cooperativa con establecimiento operativo en Cataluña, con una facturación mínima de 250.000 euros en el último ejercicio cerrado, disponer de la web de la empresa en un idioma extranjero, y disponer de un plan de promoción internacional actual.
Actuaciones y gastos subvencionables
Las actividades subvencionables pueden ser de promoción digital y/o de promoción física:
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Promoción digital
a) Servicios externos
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Desarrollo web y/o e-commerce y creación de contenidos de alcance internacional.
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Gastos de programación y diseño de webs de ámbito internacional.
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Gastos de creación de contenidos con orientación internacional por la web como textos, sesiones fotográficas, infografías, animaciones o vídeos.
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Desarrollo de acciones del plan de marketing digital y campañas publicitarias internacionales para mejorar el posicionamiento de marca.
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Gastos derivados del desarrollo de acciones de marketing internacional en canales digitales como el desarrollo de páginas de aterrizaje por campañas, la optimización del posicionamiento internacional en buscadores, desarrollo de contenidos por un blog, gestión de la comunicación en redes sociales, acciones de marketing a través del correo electrónico.
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Gastos publicitarios en canales digitales como campañas en redes sociales, posicionamiento patrocinado en buscadores o campañas con banners en webs internacionales.
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Gastos de agencias o especialistas en comunicación y marketing digital para asesorar y desarrollar acciones de marketing digital en mercados internacionales.
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Participación en mercados electrónicos y directorios digitales internacionales.
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Cuotas de alta y permanencia en mercados electrónicos y directorios online internacionales.
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Gastos de campañas publicitarias realizadas en mercados electrónicos y directorios online internacionales.
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Gastos de agencias especializadas para gestionar y optimizar su presencia en los mercados electrónicos.
b) Activos inmateriales:
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Adquisición de herramientas digitales por la optimización del negocio internacional.
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Gastos derivados de la contratación, compra de software de inteligencia de negocio y gestión con clientes internacionales.
2. Promoción física
a) Gastos externos:
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Participación en actos de promoción internacional: ferias, congresos, exposiciones, promoción en punto de venta, degustaciones, seminarios, entre otros.
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Gastos vinculados a la organización de la actuación como el alquiler de espacios, alquiler de mobiliario, decoración, intérpretes, entre otros.
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Gastos vinculados a la asistencia a ferias, congresos o cualquier acto de promoción internacional: coste de la entrada (una entrada por empresa y acto).
Las actuaciones subvencionables se podrán llevar a cabo entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. Los proyectos tendrán que tener un gasto solicitado mínimo de 12.500€.
Cuantía
La cuantía de las subvenciones será como máximo del 50% del gasto subvencionable aceptado correspondiente a la promoción digital y física, y del 100% para el gasto de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación.
El importe máximo total será de 15.000 euros.
El plazo de presentación de solicitudes irá desde las 9 horas del dia 10 de octubre de 2023 hasta las 14 horas del dia 13 de diciembre de 2023.
Para más información, consulta las bases siguientes: